Derecho de contratos5 min de lectura2026-04-02

Ruptura de contrato en Suiza: consecuencias jurídicas

Las consecuencias jurídicas de la ruptura de contrato en derecho suizo: mora, daños y perjuicios, ejecución forzosa y resolución según el CO.

Ultima actualizacion : 2026-04-02

La mora del deudor (art. 102-109 CO)

El deudor está en mora cuando no ejecuta su obligación al vencimiento. Los intereses moratorios son del 5% anual (art. 104 al. 1 CO). El acreedor puede elegir entre la ejecución forzosa, la resolución del contrato (art. 107 al. 2 CO) o el reemplazo.

El art. 97 al. 1 CO establece el principio general de la responsabilidad contractual: el deudor responde del daño, salvo que pruebe que no ha incurrido en culpa. La carga de la prueba de la ausencia de culpa incumbe al deudor. El art. 107 al. 1 CO exige en principio que el acreedor fije al deudor un plazo razonable antes de poder resolver el contrato.

Preguntas frecuentes

¿Hay que enviar un requerimiento antes de romper un contrato en Suiza?

En principio sí. El art. 107 CO exige la fijación de un plazo suplementario antes de la resolución, salvo excepciones del art. 108 CO (inutilidad manifiesta, pérdida de interés, ejecución a plazo fijo).

¿Cuál es la tasa de interés moratorio en Suiza?

El art. 104 al. 1 CO fija la tasa de interés moratorio en el 5% anual para las obligaciones pecuniarias, salvo convención contraria o tasa superior prevista por la ley.

¿El juez puede reducir una cláusula penal excesiva?

Sí. El art. 163 al. 3 CO autoriza al juez a reducir las penas convencionales que estime excesivas.

Nota editorial

Este artículo se ofrece con fines informativos generales sobre el derecho suizo. No constituye asesoramiento jurídico ni sustituye la consulta de un profesional.

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