Los vicios del consentimiento en derecho suizo: error, dolo, temor
Análisis de los vicios del consentimiento en derecho suizo de obligaciones: error esencial, dolo y temor fundado, con los artículos del CO aplicables.
Ultima actualizacion : 2026-04-01
Introducción
En derecho suizo, un contrato solo es válido si las partes han expresado su voluntad de manera libre e informada. El art. 23 CO dispone que el contrato no obliga a aquella de las partes que se hallaba en un error esencial. El art. 28 CO regula el dolo (maniobras fraudulentas), y el art. 29 CO el temor fundado (amenaza grave).
La parte víctima debe invocar el vicio en un plazo de un año (art. 31 al. 1 CO). La invalidación tiene efecto retroactivo (ex tunc). El silencio puede constituir dolo cuando la parte tenía un deber de informar según las reglas de la buena fe (art. 2 CC).
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo para invocar un vicio del consentimiento en Suiza?
Según el art. 31 CO, el plazo es de un año desde el descubrimiento del error o del dolo, o desde el cese del temor. Transcurrido este plazo, el contrato se reputa ratificado.
¿Un simple error de cálculo permite anular un contrato?
No. El art. 24 al. 3 CO prevé que el error de cálculo no constituye un error esencial, pero debe corregirse.
¿El silencio puede constituir dolo en derecho suizo?
Sí. Cuando una parte tenía un deber de informar a su cocontratante según las reglas de la buena fe (art. 2 CC) y guardó silencio, esto puede constituir dolo en el sentido del art. 28 CO.
Nota editorial
Este artículo se ofrece con fines informativos generales sobre el derecho suizo. No constituye asesoramiento jurídico ni sustituye la consulta de un profesional.
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