La cláusula de no competencia en Suiza
Condiciones de validez, límites y consecuencias de la cláusula de no competencia en derecho del trabajo suizo según los art. 340 ss CO.
Letzte Aktualisierung : 2026-04-15
Las condiciones de validez
La cláusula de no competencia (art. 340 ss CO) debe ser por escrito (art. 340 al. 1 CO) y el trabajador debe haber tenido acceso a la clientela o a secretos de fabricación o de negocios (art. 340 al. 2 CO). Debe estar limitada razonablemente en lugar, tiempo (máx. tres años) y género de negocios (art. 340a al. 1 CO).
La cláusula se extingue si el empleador rescinde sin que el trabajador haya dado un motivo justificado (art. 340c al. 2 CO). El derecho suizo no prevé indemnización compensatoria obligatoria. El juez puede reducir una cláusula excesiva (art. 340a al. 2 CO).
Häufig gestellte Fragen
¿La cláusula de no competencia es válida si el empleador me despide?
No, en principio. El art. 340c al. 2 CO prevé que la cláusula se extingue si el empleador rescinde sin que el trabajador haya dado un motivo justificado.
¿Cuál es la duración máxima?
Tres años en principio (art. 340a al. 1 CO). El juez puede reducirla si la estima excesiva.
¿Un simple empleado puede estar vinculado?
Solo si ha tenido acceso a la clientela o a secretos de negocios (art. 340 al. 2 CO). Un empleado sin acceso a información estratégica no puede estar válidamente vinculado.
Redaktionelle Anmerkung
Dieser Artikel dient der allgemeinen Information zum Schweizer Recht. Er stellt keine Rechtsberatung dar und ersetzt nicht die Beratung durch eine Fachperson.
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